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Un juez anula la condena impuesta a un capitán del Ejército por un consejo de guerra franquista

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La justicia repara a un oficial del Ejército degradado por defender la Segunda República. El titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Alicante ha anulado la condena y las sanciones impuestas por un consejo de guerra franquista en 1940 a un capitán ya fallecido. La sentencia, la primera de estas características que se dicta en la Comunidad Valenciana, aplica la reforma de la ley de Memoria Democrática que afecta a los expedientes de la ley de jurisdicción voluntaria relativos a declaraciones judiciales de hechos pasados.

La resolución, a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, declara el carácter ilegal de la sentencia que emitió un consejo de guerra franquista contra un capitán del Ejército hace más de siete décadas. El magistrado entiende que en su caso concurren todos los requisitos para acceder a la petición cursada por un hijo del militar represaliado y declarar nulo tanto el fallo como la sanción impuesta a su padre.

La reforma de la ley de Memoria Democrática aprobada en octubre de 2022 tiene como finalidad garantizar el derecho a la justicia en relación a las violaciones de derechos humanos producidas durante la Guerra Civil y la dictadura franquista, así como procurar una reparación y un reconocimiento personal a quienes padecieron esa persecución.

Delito de rebelión

El militar condenado, que había obtenido el grado de capitán como primero del concurso de oposición, fue detenido el 31 de marzo de 1939 y juzgado meses más tarde por el consejo de guerra por el delito de auxilio a la rebelión. El 13 de septiembre de 1940, el consejo de guerra le condenó en Alicante a 20 años de reclusión menor y le degradó en su empleo al de sargento, es decir, suboficial, tras serle negado sus ascensos a alférez, teniente y capitán.

El hijo del perjudicado presentó el pasado año un expediente de jurisdicción voluntaria para obtener una declaración judicial sobre la realidad y las circunstancias de hechos pasados determinados. En su comparecencia en sede judicial, el demandante manifestó que su padre no tenía ideología y había prestado servicio «en distintos frentes», cuando la sentencia del consejo de guerra justificaba la condena por motivos ideológicos al señalar expresamente la «ayuda» que el procesado «prestó de manera no continua a la causa roja».

El magistrado, con el informe favorable del Ministerio Fiscal, ha estimado ahora íntegramente la solicitud del demandante y, tras anular la condena, ha reconocido al militar represaliado su graduación como oficial del Cuerpo de Seguridad y Asalto en la escala de oficiales con el empleo de capitán, que es el que ostentaba en el momento de la sanción.


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